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Elementos de inconsistencia y de total
desacuerdo
* Acerca de la propuesta de Reforma
Constitucional Sobre Derechos y Cultura Indígenas en
Michoacán
DOCUMENTO RESUMIDO
11.
Salud y bienestar comunal.
En este
campo, la propuesta debe garantizar: (a) un acceso más
equitativo a los recursos destinados al cuidado de la salud;
y (b) la oportunidad de diseñar y establecer un modelo de
actuación comunal para la salud integral y el bienestar y
progreso de los pueblos y comunidades indígenas de
Michoacán. Para esto, el sistema público de atención a la
salud requiere ser reformado. Necesitamos un sistema con
control comunitario, menos intervensionista, y que permita
consolidar una estructura estable y duradera conformada de
médicos que hablen nuestra lengua y entiendan nuestros
problemas.
Pensemos por lo tanto acerca de:
(i)
los Elementos Jurídicos a ser incorporados en
la ley indígena de Michoacán sobre aspectos de salud y
desarrollo. ¿Es la salud integral y de calidad un
derecho universal?;
(ii) las
reformas institucionales que se requieren, empezando por el
establecimiento de una Unidad Estatal de Gestión
para la salud indígena (integral, normativa y operativa
a nivel estatal). Esta debería contar ante todo con la
jerarquía, autonomía, capacidad de decisión, participación
directa de profesionista indígenas, y los recursos
suficientes necesarios y destinados exclusivamente para
estas actividades;
(iii)
los cambios en las prácticas de intervención gubernamental,
empezando por la eliminación o reforma de los programas que
fomentan el individualismo, en vez de promover y reforzar el
trabajo y la organización comunal. Necesitamos eliminar los
productos de los programas pre-fabricados en el exterior, y
Diseñar Nuevos Programas Integrales de manera
autónoma de acuerdo a la realidad social y cultural de
nuestras comunidades;
(iv) la
aceptación de nuestras maneras de vivir, cuidar de nuestros
enfermos y de bien morir; y por lo tanto de la participación
directa de Médicos Profesionales y
especialistas y de enfermeras indígenas bilingües, en todos
las clínicas y hospitales, que se encuentren ubicados en las
zonas de influencia indígena;
(v)la
incorporación definitiva de la Medicina Tradicional
y de sus practicantes en la atención de la salud. Esta
medicina debe recibir el más decidido apoyo, fomento y
promoción, en lugar de ser censurada, marginada o relegada a
término inferior; y
(vi)la
Educación y Formación en el área de la salud a
la que tenemos derecho, que sea de calidad y pertinente, y
que tome en cuenta por lo tanto la necesidad de reforzar
nuestra cultura a la vez que se orienta la formación de
profesionales con una vocación autentica de servicio
público. Esta educación debe atender de manera específica
nuestras necesidades médico-sociales y por ende de
comunicación bilingüe medico-paciente y medico-comunidad, a
la vez que asegure dentro de un programa integral de salud,
el empleo de los nuevos profesionistas indígenas.
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